Asociaciones amigas

miércoles, 5 de agosto de 2020

"La Barrera Nuestra de Cada Día" 37 - CON LA CABEZA MUY ALTA Y LA DIGNIDAD POR LOS SUELOS


2 comentarios:

  1. Adrián Yuste
    Efectivamente, es un requisito legal... Y en Andalucía, el artículo 76.c) del Decreto 293/2009 LO DICE MUY CLARAMENTE: " Los espacios reservados deberán estar integrados dentro de la disposición del resto de los asientos. En las salas de cines, dichos espacios deberán situarse en el tramo comprendido entre las filas de la zona central o superior de las salas"... Y además, en el apartado d) nos indica la obligatoriedad legal de tener en cuenta LA DIGNIDAD de las personas con discapacidad: "Los espacios reservados no podrán ubicarse en espacios residuales y aislados y que no se hubieran concebido como asiento para su utilización por el público en general"... NADA DE PONER EL ESPACIO RESERVADO EN UN SITIO AISLADO.

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  2. Adrián Yuste
    Solamente en la legislación de accesibilidad de Andalucía se concreta dónde deben de estar los asientos reservados en los cines; a nivel estatal y en el resto de Comunidades Autónomas no se concreta este aspecto....

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