jueves, 22 de marzo de 2018

Magistrado Reconoce Invalidez Absoluta por Secuelas de la Poliomelitis


La sentencia que nos ocupa esta semana se trata sobre una trabajadora que padece una de las llamadas enfermedades raras. El Magistrado le ha reconocido la Incapacidad Absoluta a la que tenía derecho y la Seguridad Social le denegó.


Se reconoce Incapacidad Permanente Absoluta a Auxiliar Administrativa con Poliomelitis

 

 

EL PROBLEMA


Nuestra cliente era de profesión auxiliar administrativa. Padecía desde hace ya un tiempo las secuelas de la poliomelitis, con mayor afectación en la pierna derecha que le generaba una constante y severa inestabilidad a la marcha tras múltiples intervenciones quirúrgicas, entre ellas la implantación de prótesis total de rodilla derecha debido a la secuela cataloga médicamente como “recurvatum”.


El expediente de incapacidad permanente fue iniciado por nuestro cliente el cual terminó con resolución del INSS de diciembre del 2016, declarándolo en situación de incapacidad permanente total.


En vista de tal situación, y después de la valoración médica de nuestro equipo, iniciamos el procedimiento de incapacidad permanente, a fin de que le fuese reconocido el derecho a la invalidez absoluta dado a la gran pérdida de movilidad y funcionalidad que presentaba.


Presentamos reclamación previa frente al INSS, que como es habitual salió denegada al cabo de un mes, confirmando su anterior resolución.


En vista de ello, decidimos presentar la correspondiente demanda, a sabiendas que la patología que padece nuestro cliente es de tal gravedad que la limita incluso para la realización de sus sencillas tareas del día a día.


SENTENCIA ESTIMATORIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 17 DE BARCELONA.

 



El Magistrado de este juzgado estimó nuestras alegaciones íntegramente declarando la incapacidad permanente absoluta a nuestro cliente  con la siguiente argumentación:


“[...] en la actualidad, no sólo está limitada a la bipedeambulación prolongada, como señala la SGAM, sino incluso a la deambulación a distancias más cortas.

A todo ello, consideramos que la demandante no reúne la capacidad física necesaria para desplazarse a un puesto de trabajo y volver del mismo, como indicó su defensor en el acto de juicio.”


Nuestra intervención en sala fue dirigida a acreditar la grave situación clínica de nuestro cliente así como la imposibilidad de acudir a cualquier puesto de trabajo por sedentario que este fuera. Para ello, la ayuda de los informes médicos de sanidad pública y del Institut Guttman fue indiscutible.


En la actualidad la cliente tiene reconocida la pensión por incapacidad permanente absoluta

Te adjuntamos la sentencia para vuestro conocimiento:






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