Artículo 35 de la orden VIV/561/2010: 3. Tanto las plazas
dispuestas en perpendicular, como en diagonal a la acera, deberán tener una
dimensión mínima de 5,00 m de longitud × 2,20 m de ancho y además dispondrán de
una zona de aproximación y transferencia lateral de una longitud igual a la de
la plaza y un ancho mínimo de 1,50 m. Entre dos plazas contiguas se permitirán
zonas de transferencia lateral compartidas manteniendo las dimensiones mínimas
descritas anteriormente.
4. Las plazas dispuestas en línea tendrán una dimensión
mínima de 5,00 m de longitud × 2,20 m de ancho y además dispondrán de una zona
de aproximación y transferencia posterior de una anchura igual a la de la plaza
y una longitud mínima de 1,50 m.
Plazas PMR
en Línea o en Batería
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