lunes, 4 de noviembre de 2024

¿Cómo hacer una denuncia a requerimiento por internet sobre infracciones de tráfico en Madrid?

 

¿Estás harto de que los coches aparquen en la acera, en el carril bus, en el carril bici? ¿Cansado de que las motos aparquen sin cumplir la normativa o circulen por el carril bici? ¿Te ha pasado que yendo en bici otro vehículo te ha puesto en peligro incumpliendo las normas? Si tienes fotos o vídeo de la infracción, ¡ya estás listo para denunciar!

Aquí tienes la guía definitiva, paso a paso, para colaborar con las autoridades y denunciar estos hechos por internet de manera que se multe a los infractores.

Todo ciudadano residente en España tiene legalmente el derecho de denunciar infracciones de tráfico. Se llama hacer una “denuncia a requerimiento”, en la cual el ciudadano insta a un agente de policía o a su ayuntamiento a que emita un boletín de denuncia por una infracción de tráfico de la que ha sido testigo. Hace tiempo que ciudadanos en Madrid y otras ciudades utilizan este derecho contemplado por nuestra legislación, acudiendo a una comisaría de la policía municipal, solicitándolo a un agente en la calle o por escrito ante su ayuntamiento. El Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico lo expresa muy claramente: “Cualquier persona podrá, al igual que los agentes, formular denuncias por hechos que puedan constituir infracciones a los preceptos del texto articulado de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial o de sus Reglamentos”. 

La novedad en Madrid es esta: hemos descubierto cómo hacer denuncias a requerimiento por internet ante el Ayuntamiento de Madrid, sin tener que personarte en una unidad de la policía municipal.

 


 

¿Cómo se hace en Madrid una denuncia a requerimiento por internet?

Sigue estos pasos:

  1. Documenta con fotos o vídeo una infracción de tráfico, como por ejemplo motos aparcadas sin cumplir la normativa en la acera, coches que invaden la acera, coches o furgonetas que invaden el carril bici o el carril bus, etc. Es importante que en las fotos o vídeo se vea muy claramente la infracción, la matrícula del vehículo y si es posible, una referencia del lugar que facilite identificar la dirección exacta donde ocurrió (una foto del coche en la que se vea un edificio y parte de la calle, por ejemplo)
  2. Entra en el registro electrónico del ayuntamiento de Madrid para cursar una Instancia General Normalizada
  3. Clica en Tramitar en Línea
  4. En la opción “Seleccione el trámite que desea realizar.” elige “Instancia general. Áreas de gobierno” y dale a “Continuar”
  5. En la siguiente pantalla te explica los pasos a seguir, en la parte de abajo clica en “Tramitar en línea”.
  6. Ahora tienes que identificarte, tienes tres opciones: “Continúe con Cl@ve PIN”, “Continúe con DNIe / Certificado electrónico” o “Continúe con Usuario y contraseña” hazlo con la que te sea más conveniente. Esto es indispensable pues certifica tu identidad con validez jurídica plena y suficiente, es lo que permite que presentes la denuncia a requerimiento por internet y no tengas que personarte en una unidad de la policía municipal o en el ayuntamiento.
  7. Ya has entrado en el Registro electrónico para cursar una INSTANCIA GENERAL NORMALIZADA. Escoge la opción “Tramitar una nueva solicitud”, justo debajo clica en “Persona o entidad interesada” y debajo de ahí en “Continuar”.
  8. Ya estás en el formulario de la instancia. Rellena todos los campos de la sección “1. DATOS DE LA PERSONA O ENTIDAD INTERESADA”, ignora la sección “2. DATOS DE LA PERSONA O ENTIDAD REPRESENTANTE”, en la sección “3. DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN” clica el botón “Copiar datos del interesado”
  9. En la sección “4. EXPONE” has de redactar una descripción de los hechos que incluya la identificación del vehículo, una relación circunstanciada del hecho, con expresión del lugar, fecha y hora. Por ejemplo: “Que he sido testigo el miércoles 24 de marzo de 2021 a las 17:07 de una infracción de tráfico, al estar estacionado el vehículo matrícula 0000AAA marca Renault sobre la acera a la altura de la calle de los Callejones nº11 de Madrid. “
  10. En la sección “5. SOLICITA” has de explicar que este escrito es una denuncia a requerimiento para que la autoridad pertinente curse un boletín de denuncia, con un ejemplo similar a este: “Por lo que ruego que tomen nota de este escrito como denuncia a requerimiento de acuerdo al REAL DECRETO 320/1994 art. 4 al 10 y a la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica BOAM 11/03/2019 num. 8354 Artículo 38. 1. a), emitiendo el correspondiente boletín de denuncia y su consiguiente multa. Ruego me confirmen la tramitación del boletín de denuncia. OTROSÍ DIGO, que en aplicación de la doctrina contenida en el informe de la Agencia Española de Protección de Datos de referencia 0342/2012, con cita de la Sentencia del Tribunal Supremo, de 26 de enero de 2011, casación 302/2010, este denunciante condiciona la tramitación de la presente denuncia a que se garantice la salvaguarda absoluta, total y permanente de todos sus datos personales, quedando así preservada su identidad del conocimiento de la persona denunciada o de sus representantes, por ser materia que no incide en modo alguno en el derecho de defensa del denunciado. SOLICITO que se provea conforme a lo expresado.ACTUALIZACIÓN: desde el 31/5/2021 varios denunciantes han estado recibiendo por mail una respuesta del ayuntamiento indicando que con el texto de salvaguarda de protección de datos personales NO cursarán la denuncia. Estamos viendo el tema con abogados. Entre tanto, para asegurar que tu denuncia sea cursada con éxito tienes que usar para la sección SOLICITA solo la parte del texto que hemos puesto en negrita, sin poner el texto que va en marrón «OTROSÍ DIGO, que…»
  11. En la sección “6. DOCUMENTACION QUE APORTA” escribe un texto como este: “Adjunto a este escrito fotografías/vídeo acreditativas de dicha infracción”. En esta pantalla del formulario no se adjuntan los documentos, sino en el paso 13 de está guía.
  12. Justo debajo de la sección 6 hay un menú desplegable debajo del texto “Seleccione una Oficina de Registro (*)”. Elige “Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación. Multas Circulación Madrid”. Debajo, clica en el botón “Continuar”
  13. Has llegado a la pantalla “Adjuntar documentación”. Debajo de la sección “INFORMACIÓN” está la sección “DOCUMENTACIÓN A APORTAR”, donde puedes escoger los archivos de las fotos o vídeos para adjuntar. Clica el botón “Choose file” y escoge un archivo de tu ordenador. Si quieres adjuntar más de un archivo, clica en el botón con un círculo verde con el signo “+” en su interior. Cuando hayas adjuntado todos, clica en el botón “Continuar”. Ojo, lee en el texto de esta pantalla los formatos de archivos de foto y vídeo que acepta el sistema (por ejemplo, no acepta video .mp4, para subirlo has de comprimirlo en formato .zip primero).
  14. Ya has terminado de cumplimentar la instancia y adjuntar las fotos/vídeo y acabas  de llegar a la pantalla llamada “03. Firma y registro de la solicitud”. Ahí vienen detallados los pasos para poder firmar y registrar tu escrito. Síguelos hasta el final. Estos pasos de firma y registro pueden ser un poco liosos si es tu primera vez. Si tienes dudas, llama al 010 y te ayudarán encantados.

Una vez que has terminado por completo, puedes comprobar si realmente tu instancia ha sido registrada yendo a “Consulta del Registro” dentro de “Mi Carpeta”.

¿Y ahora qué pasa?

Si todo es correcto, el ayuntamiento tramitará tu denuncia a requerimiento y remitirá una notificación de inicio de procedimiento sancionador (indicando el importe de la eventual sanción) al titular del vehículo. Tardará unos tres meses, y en el portal de datos abiertos podrás comprobar la multa, buscando por la calle donde se cometió la infracción y la hora en que aconteció.

Cuando le llega la notificación al denunciado puede hacer dos cosas:

  1. Pagar la multa ipso facto con un descuento por pronto pago del 50%. Esto es lo que pasa en el 95% de los casos, ya que el denunciado suele ser consciente de que sí cometió dicha infracción y la alternativa es iniciar un recurso cuyo proceso requiere tiempo y dinero.
  2. En el improbable caso de que el denunciado decida recurrir la denuncia, el ayuntamiento te contactará preguntando si te ratificas y si puedes aportar pruebas. Si las fotos y/o vídeo que aportaste son correctas, respondes que sí te ratificas en la denuncia. Ahí lo único que puede hacer el denunciado es ir a juicio, altísimamente improbable, puesto que hay pruebas claras de la infracción y si pierde ha de pagar costas. Pero incluso en ese caso tú no eres parte del juicio, no eres acusado ni defensa, ya que es un recurso contencioso administrativo entre el conductor y el ayuntamiento y a ti como mucho te pueden pedir que acudas en calidad de testigo. 

¿Cómo hemos diseñado este proceso de hacer denuncias a requerimiento por internet usando la Instancia General Normalizada y cuáles son los fundamentos jurídicos?

Se nos encendió la bombilla y conectamos dos puntos:

  1. El derecho a hacer denuncias a requerimiento para infracciones de tráfico viene recogido en el REAL DECRETO 320/1994, art. 4 al 10, que en su artículo 7 dice “a) La denuncia podrá formularse verbalmente ante los agentes de vigilancia del tráfico más próximos al lugar del hecho, o por escrito dirigido a la Jefatura de Tráfico o a la Alcaldía del lugar de la infracción, según ostente una u otra la competencia para instruir el expediente.” Así, queda claro que la denuncia a requerimiento no solo se puede hacer en persona ante un agente, sino también por escrito ante la alcaldía. 
  2. Desde  2010 el ayuntamiento de Madrid permite presentar a través del registro electrónico, con validez jurídica plena y suficiente en términos de identificación del ciudadano que lo utiliza, ”escritos, solicitudes y comunicaciones relativas a los trámites municipales de forma alternativa a la presentación en las Oficinas Municipales de Registro”. La normativa vigente al respecto es Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica BOAM 11/03/2019 num. 8354, que es su  “Artículo 38. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones”, expresa: “Los documentos que las personas interesadas dirijan a los órganos del Ayuntamiento de Madrid … podrán presentarse en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Madrid …” 

Y la prueba definitiva ha sido un intercambio de e-mails con el ayuntamiento como seguimiento a denuncias a requerimiento de algunos de los  socios de Pedalibre, durante el cual el ayuntamiento confirma una de las dudas más importantes que teníamos sobre el proceso: ¿a qué departamento hay que encaminar las denuncias a requerimiento? 




https://pedalibre.org/2021/04/08/como-hacer-una-denuncia-a-requerimiento-por-internet-sobre-infracciones-de-trafico-en-madrid/

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