La Audiencia de Sevilla ha confirmado un auto de continuación por el trámite del procedimiento abreviado de las diligencias abiertas contra una mujer, por un presunto delito de falsedad en documento oficial derivado del supuesto uso ilícito de un documento "manipulado" como tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, tratándose de "una reproducción digital cuyo holograma carecía de los elementos de seguridad"
La Audiencia de Sevilla ha confirmado un auto de continuación por el trámite del procedimiento abreviado de las diligencias abiertas contra una mujer, por un presunto delito de falsedad en documento oficial derivado del supuesto uso ilícito de un documento "manipulado" como tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, tratándose de "una reproducción digital cuyo holograma carecía de los elementos de seguridad".
En un auto recogido por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación promovido por una mujer, contra un auto previo emitido por el Juzgado de Instrucción número 17 acordando continuar por el trámite del procedimiento abreviado las actuaciones incoadas en su contra por un presunto delito de falsedad.
En dicho auto de continuación de las actuaciones por el trámite del procedimiento abreviado, el juzgado indicaba que el 16 de octubre de 2019, "sobre las 8,30 horas, la investigada dejó estacionado su vehículo en un aparcamiento señalizado y habilitado para personas con movilidad reducida, sito en la calle Fleming de la localidad de Castilleja de la Cuesta, observándose desde el exterior por parte de dos policías locales que en el salpicadero tenía colocado una fotocopia de una tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida".
ALEGABA QUE LA TARJETA "ERA DE SU SUEGRO"
"Acto seguido, hizo acto de presencia en el lugar la investigada, la cual manifestó a los agentes de Policía Local que la tarjeta era de su suegro y que se disponía a recogerlo", indicaba el auto recurrido, precisando que los agentes comprobaron que dicho documento "había sido manipulado y se trataba de una reproducción digital cuyo holograma carecía de los elementos de seguridad".
En su recurso de apelación, la investigada alegaba una "falta de indicios incriminatorios", afirmando que "la tarjeta era de su suegro, quien se la había entregado a fin de que pudiera llevarle en su coche", y solicitando la declaración testifical de dicho familiar en la fase de instrucción.
RECURSO DESESTIMADO
Pero según la Sección Primera de la Audiencia, "examinado el conjunto de datos que obran en el testimonio remitido y tras una lectura y análisis de la resolución recurrida que acuerda la continuación por los trámites de procedimiento abreviado con fecha 13 de diciembre de 2019, debe concluirse que procede desestimar el recurso interpuesto, pues frente al argumento esgrimido por la defensa, la resolución en cuestión lleva a cabo un análisis completo y pormenorizado de los hechos punibles en los que sustenta la imputación y que resultan del conjunto de diligencias practicadas hasta la fecha".
"En el caso de autos, la resolución de la instructora relata de forma completa y pormenorizada los hechos imputables y además afirma que los mismos pudieran constituir un delito de falsedad cuya pena se encuentra entre las comprendidas en el marco legal del procedimiento abreviado, constando ya escrito de acusación formulado por delitos de falsedad en documento oficial formulado por el Ministerio Fiscal", declara la Audiencia, que desestima así el recurso de apelación y confirma el auto de continuación de las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado.
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