miércoles, 16 de septiembre de 2026

El Congreso aprueba definitivamente la reforma de las leyes de discapacidad y dependencia en España

 

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado definitivamente la reforma de las leyes de discapacidad y dependencia este miércoles 16 de septiembre de 2026. Esta reforma constituye una ampliación de derechos y mayor protección para personas con discapacidad, personas en situación de dependencia y para sus familias.

Tras su paso por el Senado, el Congreso ha aprobado finalmente la reforma de las leyes de discapacidad y dependencia. El texto ha sido aprobado con buena parte de las enmiendas incorporadas en el Senado. Eso sí, el Gobierno de España ha vetado en el Congreso 8 de las enmiendas de PP y Junts ya aprobadas por el Senado en relación a la Ley de Discapacidad.

Aprobada la reforma de las leyes de discapacidad y dependencia

La entrada en vigor de estas reformas deberían suponer una mejora en la calidad de vida de las personas con discapacidad y personas en situación de dependencia en España. A continuación, desde Tododisca, enumeramos algunas de las medidas más relevantes que integra la reforma de la Ley de Dependencia:

  1. Eliminación del régimen de incompatibilidades: Se amplía la posibilidad de compatibilidades de diferentes servicios y recursos para personas que tengan reconocido un determinado grado de dependencia.
  2. Ampliación de la asistencia personal: Este servicio se actualiza, sin restringirla a los ámbitos educativo y laboral.
  3. Ampliación de la figura de cuidadores no profesionales: Una persona podrá ser cuidadora de otra persona en situación de dependencia, aunque no esté registrada en la unidad familiar.
  4. La teleasistencia se establece como derecho subjetivo: De esta forma, se garantiza que este servicio pueda llegar a más personas en situación de dependencia. También se refuerza la teleasistencia como herramienta de prevención para evitar o retrasar la institucionalización.
  5. Reducción de plazos para reconocer la dependencia: Se reduce el plazo oficial para resolver una resolución de dependencia de 6 a 3 meses.

Además, desde el Gobierno de España manifiestan que «la reforma también garantiza por ley que la AGE abone las cotizaciones de las cuidadoras principales (la mayoría son mujeres), así como la continuidad de los cuidados en caso de enfermedad grave u hospitalización de estas cuidadoras».

Medidas de la reforma de la Ley de Discapacidad

Del mismo modo, la reforma también incluye medidas relevantes en relación a la discapacidad. Así, desde Tododisca exponemos algunas de las medidas más importantes que se aplican en la reforma de la Ley de Discapacidad:

  1. Reconocimiento automático de la discapacidad: Se reconocerá automáticamente un grado de discapacidad del 33% a las personas con un grado I de dependencia; y un grado de discapacidad del 65% a las personas con un grado II o grado III de dependencia.
  2. Accesibilidad universal como derecho: Las personas con discapacidad podrán reclamar la accesibilidad en servicios o edificios públicos.
  3. Obras de accesibilidad en viviendas: Se reforma la Ley de Propiedad Horizontal para reforzar el derecho a obras de accesibilidad en comunidades de propietarios .
  4. Atención Temprana como derecho subjetivo: Cada familia con un niño o niña con discapacidad podrá exigir ante su administración autonómica que se le proporcione el tratamiento sin que dependa de la disponibilidad presupuestaria o de plazas.
  5. Prohibición de la discriminación en los seguros: No será posible que aumenten el precio de los seguros de hogar o de salud argumentando que la persona titular tiene reconocida una discapacidad.
  6. Creación de la figura de facilitador procesal: Tiene como objetivo garantizar la participación efectiva y en igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad en procesos judiciales.

Durante el debate en el Pleno del Congreso, el Ministro de Consumo, Derechos Sociales y Agenda 2030, ha destacado la importancia de sacar adelante estas reformas. Además, ha argumentado que «las listas de espera de la dependencia deben desaparecer para 2028″.

Tras la aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados, la reforma de las leyes de dependencia y discapacidad debe publicarse en el BOE (Boletín Oficial del Estado) para confirmar su entrada en vigor.

https://tododisca.es/discapacidad/congreso-aprueba-definitivamente-reforma-leyes-discapacidad-dependencia-espana/

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jueves, 3 de septiembre de 2026

NECIO

 


Estación de reparación

 


El BOE reescribe el catálogo ortoprotésico del SNS: qué sillas de ruedas y prótesis paga la sanidad y cuánto pones tú

La Orden SND/715/2026 amplía de tres a cinco años la vida de cada producto en la oferta pública y cambia el sistema de identificación, pero deja intacto el punto que más duele: el importe máximo de financiación.

 


 El Ministerio de Sanidad publicó el 14 de julio de 2026 en el BOE la Orden SND/715/2026, de 8 de julio, en vigor desde el día siguiente, que reforma las reglas del catálogo común de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud. Es la norma que decide qué sillas de ruedas, prótesis externas, ortesis y ortoprótesis especiales entran en la oferta pública, durante cuánto tiempo permanecen en ella y con qué precio de referencia. Ese precio de referencia es, en la práctica, lo que marca la diferencia entre salir de la ortopedia sin pagar nada o hacerlo con una factura de varios cientos de euros.

 

Qué financia la sanidad pública y qué se queda fuera

 

La prestación ortoprotésica se reparte en dos bloques dentro del Real Decreto 1030/2006, que fija la cartera de servicios comunes. Los implantes quirúrgicos forman parte de la cartera común básica y no llevan aportación del paciente. El resto —prótesis externas, sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales— pertenece a la cartera común suplementaria, la que sí está sujeta a aportación del usuario.

El propio Ministerio delimita el perímetro: no forman parte de la prestación «los artículos ortoprotésicos destinados a uso deportivo, ni los utilizados con finalidad estética que no guarden relación con accidente». Tampoco entran, con carácter general, los productos de higiene o de confort del hogar, que quedan fuera del catálogo estatal aunque algunas comunidades los incluyan en programas propios.

 

El importe máximo de financiación: la cifra que decide tu factura

 

Cada tipo de producto tiene asignado un importe máximo de financiación, el tope que el sistema público está dispuesto a pagar. Las bases para fijarlo están en el Real Decreto 1506/2012. Si el modelo que necesita el paciente cuesta más que ese tope, la diferencia la asume él. Ahí nace la percepción de copago encubierto: dos personas con la misma prescripción pueden acabar pagando cantidades muy distintas según el modelo disponible y según la comunidad en la que vivan, porque cada servicio de salud gestiona su propio catálogo a partir del estatal.

Esa desigualdad territorial es la crítica constante del movimiento asociativo. El presidente de COCEMFE, Anxo Queiruga, ya advertía en 2023 de que «todavía existe una gran inequidad territorial, con comunidades autónomas que no han actualizado sus catálogos», y reclamaba revisar el importe máximo de financiación en todo el territorio. Sanidad, por su parte, recuerda que las administraciones deben contemplar «la posibilidad de que el usuario no tenga que adelantar el importe de los productos cuando se trate de personas con escasos recursos», la fórmula que en varias comunidades se conoce como endoso o pago directo al proveedor.

 

Cómo se pide, paso a paso

 


El circuito es siempre el mismo, aunque cambien los impresos. Primero, prescripción de un médico especialista del servicio público de salud, que identifica el producto por su código del catálogo. Después, en muchos casos, visado o autorización previa de la inspección sanitaria. A continuación, el paciente acude a un establecimiento sanitario autorizado y, según la comunidad, o bien adelanta el importe y solicita el reembolso, o bien firma el endoso y solo abona la parte no financiada. Los plazos para pedir el reintegro son cortos y de regulación autonómica, así que conviene comprobarlos antes de comprar. Si necesitas una silla de ruedas eléctrica sin adelantar el pago, esa es la vía. 

 

Lo que cambia realmente la orden de julio

 

La reforma de 2026 es técnica, pero tiene consecuencias. Las empresas pasan a renovar la oferta de sus productos cada cinco años en lugar de cada tres, lo que da estabilidad al catálogo y reduce las bajas administrativas de modelos que la gente ya usa. Los productos certificados conforme al Reglamento (UE) 2017/745 se identificarán con el UDI-DI, el identificador único europeo, en sustitución del viejo precinto de papel. Y los distribuidores disponen de hasta tres años para seguir comercializando un producto excluido de la oferta, un colchón que evita que un usuario se quede sin repuestos de la noche a la mañana.

Cabe recordar que nada de esto toca los importes. La reivindicación de fondo del sector —actualizar los topes de financiación y homogeneizarlos entre comunidades, como también exige el CERMI en otros frentes de la agenda de discapacidad— sigue pendiente. Mientras tanto, la factura del usuario la seguirá fijando la distancia entre el precio de la ortopedia y el importe máximo que el sistema acepta pagar.

 

Fuente: Orden SND/715/2026, de 8 de julio (BOE de 14 de julio de 2026).

 

https://tododisca.es/discapacidad/el-boe-reescribe-el-catalogo-ortoprotesico-del-sns-que-sillas-de-ruedas-y-protesis-paga-la-sanidad-y-cuanto-pones-tu/  

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Campaña disuasoria "Es solo un minuto: Un mundo paralelo" - Ocupación sillista

 


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