Las viviendas en régimen de propiedad horizontal deben hacer obras antes del 4 de diciembre de 2017 para que las personas con discapacidad puedan usar los espacios comunes
Sandra López Letón
Los edificios de viviendas existentes están obligados a realizar ajustes razonables de accesibilidad antes del 4 de diciembre de 2017 para garantizar que las personas con discapacidad puedan hacer uso de los elementos comunes en las mismas condiciones que los demás vecinos. Así lo recoge el Real Decreto Legislativo 1/2013 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.
A los propietarios les quedan algo más de dos años para ir llenando la hucha y pensar en instalar rampas, salvaescaleras, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que faciliten la entrada y salida del inmueble.
Los principales escollos están en los accesos a los portales o dentro de los mismos. “Suelen ser pocos peldaños pero restan autonomía a una persona en silla de ruedas o con movilidad reducida”, dice Belén Galán, responsable de marketing y comunicación de ThyssenKrupp Encasa, empresa especializada en soluciones salvaescaleras. La otra gran barrera está en las escaleras que suben al piso. “Miles de edificios, sobre todos en los barrios periféricos de las ciudades, que tienen tres o cuatro plantas no tienen ascensor o elevador”, apunta Galán.
Más del 75% de las fincas necesitan mejorar la accesibilidad, asegura Salvador Díez, presidente del Consejo General de Colegios y Administradores de Fincas de España (CGCAFE). Algunos expertos ven dificultades, sobre todo económicas, para cumplir con el objetivo de adaptar un parque antiguo de viviendas no preparado para dar respuesta a las personas con discapacidad.
“Puede solicitar que se adapten las instalaciones la persona propietaria de la vivienda si en ella viven, trabajan o prestan servicios voluntarios personas con discapacidad o que sean mayores de 70 años”, señala Díez. Y prosigue: “Una novedad importante que introduce la nueva normativa es el concepto de accesibilidad universal, de manera que se debe procurar adaptar los edificios para que todos los usuarios puedan acceder no solos a sus viviendas, sino a todas las zonas comunes (a los garajes, jardines…)”.
Según el presidente del CGCAFE, “es un avance muy importante que contribuye a seguir reduciendo la discriminación con respecto a los vecinos que necesitan tener adaptados los elementos comunes”.
Las sillas salvaescaleras tienen un asiento que circula a través de un raíl instalado en la escalera, de modo que el usuario puede acceder a las distintas plantas de una vivienda sin necesidad de hacerlo andando. Hay distintas familias de sillas según el tipo de escalera ( curva, recta, sin descansillos...). El coste parte de 3.500 y 4.000 euros. Al tratarse de una solución a medida, el precio depende de las necesidades de configuración y recorrido.
Las plataformas salvaescaleras, para usuarios que utilicen sillas de ruedas, son elevadores dotados de una peana que circulan por un raíl instalado en la escalera y que permiten la comunicación entre las distintas plantas del edificio. El presupuesto parte de unos 7.000 euros.
Los elevadores verticales, que no ascensores, no necesitan cuadro de máquinas, ni foso, por lo que se pueden instalar en espacios reducidos. Esta solución es muy socorrida en la rehabilitación de viviendas y está diseñada para la elevación vertical de los usuarios (independientemente de que utilicen silla de ruedas o no). El coste medio es de unos 10.000 euros.
El ascensor, palabras mayores
S.L.L.
Colocar un ascensor es otro cantar. “Podemos tomar como ejemplo un
edificio de cinco plantas con seis paradas. El presupuesto puede estar
entre los 25.000 y 30.000 euros. Pero a esto hay que añadir todas las
obras necesarias para su instalación, además de abonar los honorarios de
un arquitecto o aparejador que realice el proyecto. Con todo eso, el
presupuesto final puede rondar los 75.000 o 80.000 euros. Si en cada
planta hay tres viviendas esto supone que cada propietario debería hacer
un desembolso de entre 5.000 y 6.000 euros”, explica Salvador Díez,
presidente del del Consejo General de Colegios de Administradores de
Fincas de España.Se puede dar el caso de que, por las características del propio edificio, no se pueda instalar un ascensor en el interior del portal y se deba colocar por fuera, adosado a la fachada. En este caso el precio rondaría los 100.000 o 120.000 euros. “Es necesario analizar cada caso, pero la instalación de un ascensor supone un desembolso económico para los propietarios de varios miles de euros”, cuenta Díez.
http://economia.elpais.com/economia/2015/04/17/vivienda/1429259949_709530.html
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