Ecom hace llegar su propuesta planteada en 2015, y la comparte para avanzar en el consenso de una solución
El acceso de personas con scooter (u otros productos de apoyo para la
movilidad similares) al transporte público es en la actualidad un vacío
legal que está ocasionando numerosos conflictos, dado que en la mayoría
de los casos la posibilidad de acceder o no al autobús queda sujeta
habitualmente a criterios del conductor/a del vehículo.
ECOM, a través de PREDIF, se suma en octubre a la propuesta de CERMI de revisar el Real Decreto 1544/2007 de accesibilidad al transporte público (de ámbito estatal) y aporta su conocimiento, experiencia y estado actual de la cuestión en Cataluña, donde este tema está previsto regularse en el futuro Decreto de Accesibilidad catalán que despliega la Ley 13/2014.
Un trabajo que en Barcelona se inició en 2009
En 2009 la Diputación de Barcelona realizó para Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) un primer informe sobre los scooters como productos de apoyo, valorando algunas de sus medidas. Pero pronto quedó obsoleto por el rápido avance del mercado en estos productos.
En 2013 es cuando el trabajo sobre el tema coge fuerza en Barcelona (dinamizado por el Instituto Municipal de Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Barcelona, IMPD) por el incremento de uso de los scooters. Aumenta significativamente el número de incidencias y su impacto en la vida de las personas con discapacidad física: el vacío legal existente se denuncia a través de la aparición varias veces en diferentes medios de comunicación , y desde ECOM se acompaña a varias personas en el proceso de denuncia de la situación ante el Sínic de Greuges de Barcelona y la Oficina para la No Discriminación del Ayuntamiento de Barcelona con el objetivo de impulsar el trabajo en pro de una solución del vacío legal y normativo.
Tras un trabajo de investigación sobre la materia y de casos estatales e internacionales; varias sesiones de una comisión de trabajo con técnicos de accesibilidad del IMPD y responsables de TMB, entidades federadas y personas afectadas; y encuentros con personas de referencia del Centro para la autonomía personal SIRIUS, ECOM elabora un documento propuesta a principios de 2015.
En junio de ese año, el documento (que se puede descargar aquí: https://goo.gl/tEgu6D) se hace llegar a todas las partes con competencias en Cataluña para resolverlo: Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) y su Fundación; Instituto Municipal de Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Barcelona (IMPD); Diputación de Barcelona; Área de Promoción de la Accesibilidad de la Generalitat de Cataluña; responsables de movilidad del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña, Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y Autoridad del Transporte Metropolitano del área de Barcelona (ATM).
Avances en la regulación de la situación en Cataluña
En Cataluña actualmente la situación se está intentando regular a través de la redacción del futuro Decreto de Accesibilidad (de carácter autonómico), que debe desplegar la Ley catalana de accesibilidad 13/2014.
Desde ECOM, en junio de este año se entregaron las enmiendas hechas al capítulo de accesibilidad al transporte de los borradores de esta nueva normativa y se volvió a remitir al Área de Promoción de la Accesibilidad de la Generalitat de Catalunya el mismo documento propuesta, ya que el futuro texto legal incluía en su anexo 4 una propuesta de regulación del acceso de personas usuarias de scooter al transporte público.
El posicionamiento de ECOM, confeccionado a través de grupos de trabajo con entidades federas y sus bases sociales, se aproxima a la propuesta de este organismo de la Generalitat. Pero surgen fuertes discrepancias en relación a limitar el uso de scooters únicamente a personas que superen a la vez el baremo de movilidad reducida y el 65% de discapacidad: se ha constatado que el grueso de personas usuarias de este producto de apoyo son personas con enfermedades degenerativas o afectaciones cardiorespiratorias para las que la aparición de estos productos en el mercado ha supuesto una oportunidad de autonomía clave en su inclusión social para muchos períodos de actividad de la enfermedad y para las diferentes etapas de su vida.
Sobre ello, cabe recordar que desde 1999 el scooter es un producto de apoyo reconocido para las personas con dificultades de movilidad a través de la norma UNE-EN 12184:1999. Y que en abril de 2013 CEAPAT emitía un comunicado en el que indicaba que tanto el scooter eléctrico como el segway adaptado eran equiparables a las sillas de ruedas motorizadas y que, por lo tanto, no se consideraba que hubiese razón alguna para impedir su acceso y utilización tanto en transporte público como en locales comerciales.
Contenido de la propuesta
En primer lugar, se contextualiza brevemente el escúter como producto de apoyo, con las normativas técnicas que les son aplicables tanto a nivel estatal como internacional así como el marco legal. Tras esto, se analiza el perfil de persona usuaria del escúter, así como los estudios realizados sobre el acceso de personas con este producto de apoyo al transporte público, tanto a nivel autonómico, como estatal e internacional. Finalmente, se detalla la propuesta de solución, teniendo en cuenta las diferentes acciones a realizar y los agentes implicados.
ECOM defiende que la movilidad y el transporte público deben adaptar su diseño y la planificación de su servicio a la ciudadanía y no al revés. Por ello, el transporte público debe tener en cuenta la diversidad humana y la movilidad cotidiana de todas las personas: lo que incluye los diferentes productos de apoyo que éstas puedan utilizar.
El trabajo en red y el diálogo con el colectivo afectado: clave para el consenso de una solución adecuada
En los últimos meses, Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) junto al Área de Promoción de la Accesibilidad de la Generalitat de Cataluña, el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), el Instituto Municipal de Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Barcelona (IMPD) y un grupo de profesionales, han estado realizando un estudio sobre la estabilidad de los scooter dentro del bus urbano. TMB ha informado a ECOM recientemente que están a punto de cerrar el informe de resultados y plantear posiblemente un período de prueba como proyecto piloto en Barcelona.
Desde ECOM se ha solicitado a TMB conocer más detalles sobre esta prueba piloto para valorar qué repercusiones puede tener su puesta en marcha en la ciudadanía con discapacidad de Barcelona, y poder también consensuar con nuestras entidades federadas y sus bases sociales cuáles pueden ser las condiciones más adecuadas para su implementación.
El pasado mes de octubre ECOM también entregó a responsables del CEAPAT en Madrid el documento confeccionado en 2015 con la propuesta de solución, dado que se tenía constancia de la existencia de una comisión de trabajo sobre el tema y desde la entidad se considera clave compartir el proceso de trabajo para poder avanzar todos juntos de manera coordinada.
Así mismo, a finales de ese mismo mes, ECOM hace llegar a CERMI, a través de PREDIF, el mismo documento de trabajo y el estado de regulación de la situación a través del futuro Decreto de accesibilidad catalán, sumándose así a la propuesta de CERMI de revisar el Real Decreto 1544/2007 de accesibilidad al transporte público (de ámbito estatal) .
Desde ECOM se insta a las diferentes partes y administraciones que actualmente están tratando el tema (en este caso, estatal, catalana y municipal de Barcelona), a poner en común información y experiencias, a fin de optimizar recursos y avanzar conjuntamente, y con la participación del colectivo de personas con discapacidad, en el consenso de una solución que permita garantizar el derecho a la movilidad a todas las personas en todo el territorio.
Así mismo, pone de manifiesto la necesidad de que esa regulación sobre scooters sea extensible a otros productos de apoyo (caminadores, segways, ...) y a otros espacios de uso público (comercios, cines, museos, ...), y pueda ser revisable periódicamente para poder adaptarse a la aparición de nuevos productos de apoyo para la movilidad y a su constante evolución.
http://periodico.laciudadaccesible.com/ciudad/item/7391-avances-en-la-regulacion-del-acceso-al-transporte-publico-de-personas-usuarias-de-scooter
ECOM, a través de PREDIF, se suma en octubre a la propuesta de CERMI de revisar el Real Decreto 1544/2007 de accesibilidad al transporte público (de ámbito estatal) y aporta su conocimiento, experiencia y estado actual de la cuestión en Cataluña, donde este tema está previsto regularse en el futuro Decreto de Accesibilidad catalán que despliega la Ley 13/2014.
Un trabajo que en Barcelona se inició en 2009
En 2009 la Diputación de Barcelona realizó para Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) un primer informe sobre los scooters como productos de apoyo, valorando algunas de sus medidas. Pero pronto quedó obsoleto por el rápido avance del mercado en estos productos.
En 2013 es cuando el trabajo sobre el tema coge fuerza en Barcelona (dinamizado por el Instituto Municipal de Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Barcelona, IMPD) por el incremento de uso de los scooters. Aumenta significativamente el número de incidencias y su impacto en la vida de las personas con discapacidad física: el vacío legal existente se denuncia a través de la aparición varias veces en diferentes medios de comunicación , y desde ECOM se acompaña a varias personas en el proceso de denuncia de la situación ante el Sínic de Greuges de Barcelona y la Oficina para la No Discriminación del Ayuntamiento de Barcelona con el objetivo de impulsar el trabajo en pro de una solución del vacío legal y normativo.
Tras un trabajo de investigación sobre la materia y de casos estatales e internacionales; varias sesiones de una comisión de trabajo con técnicos de accesibilidad del IMPD y responsables de TMB, entidades federadas y personas afectadas; y encuentros con personas de referencia del Centro para la autonomía personal SIRIUS, ECOM elabora un documento propuesta a principios de 2015.
En junio de ese año, el documento (que se puede descargar aquí: https://goo.gl/tEgu6D) se hace llegar a todas las partes con competencias en Cataluña para resolverlo: Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) y su Fundación; Instituto Municipal de Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Barcelona (IMPD); Diputación de Barcelona; Área de Promoción de la Accesibilidad de la Generalitat de Cataluña; responsables de movilidad del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña, Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y Autoridad del Transporte Metropolitano del área de Barcelona (ATM).
Avances en la regulación de la situación en Cataluña
En Cataluña actualmente la situación se está intentando regular a través de la redacción del futuro Decreto de Accesibilidad (de carácter autonómico), que debe desplegar la Ley catalana de accesibilidad 13/2014.
Desde ECOM, en junio de este año se entregaron las enmiendas hechas al capítulo de accesibilidad al transporte de los borradores de esta nueva normativa y se volvió a remitir al Área de Promoción de la Accesibilidad de la Generalitat de Catalunya el mismo documento propuesta, ya que el futuro texto legal incluía en su anexo 4 una propuesta de regulación del acceso de personas usuarias de scooter al transporte público.
El posicionamiento de ECOM, confeccionado a través de grupos de trabajo con entidades federas y sus bases sociales, se aproxima a la propuesta de este organismo de la Generalitat. Pero surgen fuertes discrepancias en relación a limitar el uso de scooters únicamente a personas que superen a la vez el baremo de movilidad reducida y el 65% de discapacidad: se ha constatado que el grueso de personas usuarias de este producto de apoyo son personas con enfermedades degenerativas o afectaciones cardiorespiratorias para las que la aparición de estos productos en el mercado ha supuesto una oportunidad de autonomía clave en su inclusión social para muchos períodos de actividad de la enfermedad y para las diferentes etapas de su vida.
Sobre ello, cabe recordar que desde 1999 el scooter es un producto de apoyo reconocido para las personas con dificultades de movilidad a través de la norma UNE-EN 12184:1999. Y que en abril de 2013 CEAPAT emitía un comunicado en el que indicaba que tanto el scooter eléctrico como el segway adaptado eran equiparables a las sillas de ruedas motorizadas y que, por lo tanto, no se consideraba que hubiese razón alguna para impedir su acceso y utilización tanto en transporte público como en locales comerciales.
Contenido de la propuesta
En primer lugar, se contextualiza brevemente el escúter como producto de apoyo, con las normativas técnicas que les son aplicables tanto a nivel estatal como internacional así como el marco legal. Tras esto, se analiza el perfil de persona usuaria del escúter, así como los estudios realizados sobre el acceso de personas con este producto de apoyo al transporte público, tanto a nivel autonómico, como estatal e internacional. Finalmente, se detalla la propuesta de solución, teniendo en cuenta las diferentes acciones a realizar y los agentes implicados.
ECOM defiende que la movilidad y el transporte público deben adaptar su diseño y la planificación de su servicio a la ciudadanía y no al revés. Por ello, el transporte público debe tener en cuenta la diversidad humana y la movilidad cotidiana de todas las personas: lo que incluye los diferentes productos de apoyo que éstas puedan utilizar.
El trabajo en red y el diálogo con el colectivo afectado: clave para el consenso de una solución adecuada
En los últimos meses, Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) junto al Área de Promoción de la Accesibilidad de la Generalitat de Cataluña, el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), el Instituto Municipal de Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Barcelona (IMPD) y un grupo de profesionales, han estado realizando un estudio sobre la estabilidad de los scooter dentro del bus urbano. TMB ha informado a ECOM recientemente que están a punto de cerrar el informe de resultados y plantear posiblemente un período de prueba como proyecto piloto en Barcelona.
Desde ECOM se ha solicitado a TMB conocer más detalles sobre esta prueba piloto para valorar qué repercusiones puede tener su puesta en marcha en la ciudadanía con discapacidad de Barcelona, y poder también consensuar con nuestras entidades federadas y sus bases sociales cuáles pueden ser las condiciones más adecuadas para su implementación.
El pasado mes de octubre ECOM también entregó a responsables del CEAPAT en Madrid el documento confeccionado en 2015 con la propuesta de solución, dado que se tenía constancia de la existencia de una comisión de trabajo sobre el tema y desde la entidad se considera clave compartir el proceso de trabajo para poder avanzar todos juntos de manera coordinada.
Así mismo, a finales de ese mismo mes, ECOM hace llegar a CERMI, a través de PREDIF, el mismo documento de trabajo y el estado de regulación de la situación a través del futuro Decreto de accesibilidad catalán, sumándose así a la propuesta de CERMI de revisar el Real Decreto 1544/2007 de accesibilidad al transporte público (de ámbito estatal) .
Desde ECOM se insta a las diferentes partes y administraciones que actualmente están tratando el tema (en este caso, estatal, catalana y municipal de Barcelona), a poner en común información y experiencias, a fin de optimizar recursos y avanzar conjuntamente, y con la participación del colectivo de personas con discapacidad, en el consenso de una solución que permita garantizar el derecho a la movilidad a todas las personas en todo el territorio.
Así mismo, pone de manifiesto la necesidad de que esa regulación sobre scooters sea extensible a otros productos de apoyo (caminadores, segways, ...) y a otros espacios de uso público (comercios, cines, museos, ...), y pueda ser revisable periódicamente para poder adaptarse a la aparición de nuevos productos de apoyo para la movilidad y a su constante evolución.
http://periodico.laciudadaccesible.com/ciudad/item/7391-avances-en-la-regulacion-del-acceso-al-transporte-publico-de-personas-usuarias-de-scooter
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