La Federación de Vida Independiente (FEVI) muestra su más enérgica disconformidad por cómo el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el Consejo Territorial de Servicios Sociales y Dependencia acreditará la formación de la Asistencia Personal (AP).
La forma y el fondo de la norma que dispone el Estado Español, aparta de facto a los usuarios de la gestión de este servicio recogido en la mal llamada Ley de Dependencia. Contraponer el desmesurado costo de ciclos formativos de hasta 2000 horas frente a las 20 ó 40 horas que se estima como razonables por las OVI’s para formar a un/a Asistente Personal, hace incomprensible el fin de cómo España trata de regular recursos y experiencias que vienen siendo pilares del Movimiento de Vida Independiente desde hace décadas, al tiempo que es núcleo de los derechos contemplados en la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad (firmada por España en 2008).
---------------------------------------------------------------------------------
Carta a D. Alfonso Alonso Aranegui,
Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
La Federación de Vida Independiente (en adelante FEVI) es una organización, de ámbito estatal, de iniciativa social y sin ánimo de lucro, que impulsa el cumplimiento de la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, y promociona la Asistencia Personal y la creación de Oficinas de Vida Independiente (OVI) tal y como se entiende por el movimiento internacional de Vida Independiente, que se basa en el derecho de toda persona con diversidad funcional (discapacidad) a ejercer el poder de decisión sobre su propia existencia y participar activamente en la vida de su comunidad en igualdad de oportunidades con el resto de la ciudadanía.
Entre los acuerdos que, el pasado 7 de octubre, alcanzó el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y Dependencia nos afectan e interesan especialmente los que se refieren a la Cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a Personas en el domicilio para quienes realicen las funciones de asistencia personal a personas en situación de dependencia. Los acuerdos indican que la cualificación se acreditará a través de los correspondientes títulos de formación profesional.
Ante este preocupante panorama le hacemos llegar nuestras inquietudes y manifestamos que:
- Desde que se creó el Foro de Vida Independiente y Divertad (FVID), en el año 2001, una de nuestras principales demandas ha sido la regulación laboral de la figura del Asistente Personal, inexistente en España. Pero de esta manera, no. Desde FEVI nos hemos ofrecido en diversas ocasiones al Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) para colaborar en la tarea, sin que hayamos recibido ninguna respuesta invitándonos a ello.
- Entendemos que a base de regular y regular, de este modo, se pervierte el concepto de la Asistencia Personal, puesto que las empresas del sector se limitan a cumplir mínimamente las exigencias legales, dar formación (probablemente subvencionada con fondos públicos) y tener un grupo de asistentes personales; una estrategia simple para hacerse con una cuota de mercado, mientras las autoridades no solamente miran para otro lado sino que además les facilitan la tarea.
- Se establece una cualificación y unas exigencias tan altas que los adalides del Movimiento de Vida Independiente, a través de las OVIs con precarios recursos para su actividad, ponen la idea y la demanda a lo largo de los años, pero al final quedan al margen de la gestión. Pero no es lo más preocupante quedar al margen de la gestión, sino la adulteración misma del concepto y la funcionalidad de la receta de Asistencia Personal planteada desde la administración española, que se construye marginando el conocimiento experto y las aportaciones de quienes han de aplicarla en sus propias vidas, para ponerla en manos de personas sin experiencia, ni teórica ni práctica, en modelos y formulaciones de Asistencia Personal y Vida Independiente. Algo inédito en la historia mundial de esta herramienta social.
- Es improblable que la masa de futuros empleables como Asistentes Personales deseen invertir tanto tiempo ‒dos años como mínimo‒ y dinero en cursos oficiales de formación profesional, para acceder a los puestos de trabajo que ofertan unos pocos, ya que no todas las personas con diversidad funcional necesitan los servicios de un Asistente Personal. Además, a día de hoy, este trabajo se remunera con la cutre prestación que cubre la administración a través de la ley 39/2006. En absoluto compensa la ecuación TIEMPO > INVERSIÓN > EXPECTATIVAS > OFERTAS DE EMPLEO.
- Un Asistente Personal es una persona que ayuda a otra a desarrollar su vida. El Asistente Personal es por tanto aquella persona que realiza o ayuda a realizar las tareas de la vida diaria a otra persona que, por su situación, bien sea por una diversidad funcional o por otros motivos, no puede realizarlas por sí misma. Si así lo elegimos, las personas con diversidad funcional debemos tener el derecho a contratar, preparar y gestionar todo lo relacionado con nuestros Asistentes Personales, incluida su formación.
- El trabajo del Asistente Personal no puede limitarse al domicilio, como ustedes parece que han decidido, porque las personas que necesitamos apoyo para las actividades de la vida diaria también queremos ‒y es nuestro derecho‒ ir al cine, visitar a nuestros amigos o familiares, viajar, salir a pasear o a comer a un restaurante, ir a la compra, etc.
Un ciclo formativo de grado medio, en los dos cursos académicos, supone entre 1.700 y 2.000 horas de formación teórica y práctica. Una exageración injustificable para los que llevamos años como usuarios de la Asistencia Personal, que desearíamos que la inmensa fortuna que va a costar esta formación se destinara a mejorar la dotación actual a la Asistencia Personal. Haría que nuestras vidas alcanzaran un valor de dignidad y libertad semejante al que disfrutan las personas de nuestro entorno.
La formación es mucho más necesaria para el cuidador, pero hay una gran diferencia entre cuidador y Asistente Personal. Los cuidados permiten sobrevivir, la Asistencia Personal nos ayuda a vivir; los cuidadores deciden por nosotros, con la Asistencia Personal decidimos nosotros, llevamos el control de nuestras vidas, tomamos decisiones con el riesgo y el derecho a equivocarnos.
La cuestión es que ustedes, los que toman las decisiones desde los despachos sin ser demasiado conscientes de la realidad que vivimos muchos ciudadanos, se sienten con nosotros y nos permitan explicarles la diferencia entre cuidador y Asistente Personal. Algunas personas con diversidad funcional, necesitamos apoyos para realizar las tareas cotidianas, pero utilizar una silla de ruedas, un bastón, no oír, entender las cosas más lentamente o no entenderlas… no presupone que seamos enfermos, ni tengamos dolores, ni suframos. No necesitamos cuidadores con una formación sociosanitaria desmedida, necesitamos Asistentes Personales formados en Vida Independiente por nosotros mismos. Nada sobre nosotros sin nosotros.
Quedamos a su entera disposición, si tiene a bien recibirnos, para expresarle todos estos pensamientos sentados en la misma mesa y aclarándole personalmente todas las cuestiones que hemos planteado. Esta regulación de la Asistencia Personal no puede salir adelante con estos planteamientos.
Cordialmente,
Valencia, 15 de octubre de 2015
Ismael Llorens Santamaría
Presidente FEVI
Ismael Llorens Santamaría
Presidente FEVI
http://www.federacionvi.org/noticias/el-estado-espa%C3%B1ol-sigue-tropezando-con-la-asistencia-personal
http://www.federacionvi.org/noticias/saben-que-es-la-asistencia-personal
No hay comentarios:
Publicar un comentario