miércoles, 2 de octubre de 2019

Los derechos por tener certificado de discapacidad del 33% o más

Existen distintas prestaciones económicas que ayudan a las personas que cuentan con discapacidad reconocida del 33%

 

 

 En el Real Decreto 1971/1999 se establece la regulación del porcentaje de discapacidad, determinando así quién puede solicitar el certificado de discapacidad. La obtención de este certificado proporciona acceso a distintas prestaciones económicas laborales, fiscales y sociales

 

Con respecto a los beneficios fiscales, a continuación se detallan algunos a los que se puede optar:

  • Las personas con una discapacidad reconocida del 33% pueden aplicar las deducciones sobre la cuota autonómica en su IRPF, dependiendo de la normativa establecida en cada Comunidad Autónoma.
  • En el ámbito de la educación, la persona con una minusvalía superior al 33% puede pedir ayudas económicas para la obtención de los libros de texto, así como ayudas para el transporte o el pago del comedor. También ofrecen becas de educación especial y reservas en plazas de acceso a la Universidad.
  • Se pueden pedir ayudas con el objetivo de facilitar la adaptación de las viviendas y vehículos para el desarrollo de la autonomía personal. En este punto entrarían las ayudas para la instalación de las sillas subeescaleras, las plataforma subeescaleras, los elevadores u otras soluciones para la accesibilidad que faciliten la supresión de las barreras arquitectónicas.
  • Ayudas para la compra de viviendas de protección oficial, consistente tanto en subvención de los intereses del préstamo solicitado para la misma, así como ayudas para la entrada que variarán dependiendo del plan de vivienda al que se acoja el beneficiario.
  • Las personas con discapacidad igual o superior al 33% pueden pedir ayudas para su vehículo. Pueden optar por la reducción y/o exención del impuesto de matriculación y quedan exentos de pagar el impuesto municipal de circulación.

En el ámbito laboral, se contará con las siguientes:


  • Las personas con discapacidad reconocida cuentan con un número de plazas reservadas de empleo. En empresas a partir de 50 empleados un 2% como mínimo de la plantilla debe estar formada por trabajadores con alguna minusvalía acreditada.
  • Se pueden solicitar abonos para viajar en transporte público a precio reducido aunque el grado de minusvalía puede variar en función de cada comunidad autónoma.
  • Existen distintos descuentos en ocio y cultura o incluso entradas gratis tanto en instituciones públicas como en empresas privadas.
  • Las personas con discapacidad pueden solicitar el pago total o parcial del equipo médico que necesiten, como prótesis o sillas de ruedas. La ayuda recibida vendrá determinada por el grado de incapacidad del afectado, de su renta y del estado de su unidad familiar.

 Jubilación


Con lo que consta en jubilación, si el grado de discapacidad está comprendido entre el 45% y el 64%, se puede optar a la jubilación anticipada a los 56 años de edad. Por otro lado, en la pensión no contributiva de discapacidad, no es necesaria la previa cotización para poder acceder a una prestación. Los beneficiarios de esta prestación deberán reunir las siguientes características:

  • No disponer de ingresos suficientes. Cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 5.488 euros anuales.
  • Acreditar un grado de invalidez superior al 65% y residir en territorio español durante un periodo de cinco años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Para pedir la pensión de jubilación, deben tenerse 65 años o más y haber residido en territorio español durante al menos 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

 

Incapacidad permanente total

 

La incapacidad permanente total se determina cuando el trabajador no puede realizar su profesión debido a un problema de enfermedad, de incapacidad temporal o a causa de un accidente.El importe de la pensión de esta incapacidad se obtiene al aplicar un porcentaje a la base reguladora que corresponda, según la causa que origine la incapacidad. Existen varios tipos de incapacidad, con más detalle:
  • Incapacidad permanente parcial en el desempeño de la profesión: se reconoce a aquellos trabajadores que pueden seguir realizando su trabajo, pero con una disminución del rendimiento a la hora de desempeñar tareas fundamentales, superior a un 33%.
  • Incapacidad permanente total para desempeñar la profesión habitual: esta incapacidad se reconoce a aquellas personas que padecen una enfermedad o lesión que les inhabilita poder realizar las tareas fundamentales de su profesión.
  • Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo: el trabajador no puede realizar ninguna actividad laboral.
  • Gran invalidez: el máximo grado de incapacidad a nivel de limitaciones funcionales. Además de lo explicado sobre la incapacidad absoluta, la persona a la que se reconoce este grado necesita asistencia de otra persona para el desempeño de su vida diaria
https://www.tododisca.com/derechos-por-tener-certificado-de-discapacidad-33/?fbclid=IwAR2_KpnqJmL28735EbXGJs24tiO1N04yGMpKP278wHaJlgoYL4-lxOe21n8

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