Los vestuarios de unas instalaciones
públicas no cumplen el numero requerido por la ley. Estas instalaciones
autorizan el uso de los escasos existentes
a personas para los que no fueron concebidos (Tímidas, personas mayores,
con problemas de obesidad, operados de sobrepeso, mastectomías, movilidad
reducida circunstancial, infinitos jetas, etc., etc.)
¿Estos establecimientos deberían
cumplir como mínimo el número marcado por ley o deberían incrementar ese número
ya que son utilizados por mas personas?
Y digo yo, porque cuando se pide este
tipo de servicio no lo apoyan esos usuarios,
ya que se aprovechan de ello
Cuando hay algún problema por
averías, reformas o están ocupados, los más perjudicados tienen que marcharse, estos
son los que tienen movilidad reducida, el resto se cambia donde el público en
general
¡Critico la falta de implicación, no el uso!
Tovia no hay suficiente sesilidad
ResponderEliminarNo, no la hay y tampoco las autoridades estan por la educación y el refuerzo de esta con sanciones en caso de incivismo. Un abrazo
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